Consejo de Alta Dirección Pública inicia Mandato Constitucional para reducir Dietas Parlamentarias y Remuneraciones de Autoridades


 

Mandato Constitucional

La reforma constitucional que dispuso la determinación de las dietas y remuneraciones de altas autoridades por parte de una Comisión independiente, entregó al Consejo de Alta Dirección Pública la responsabilidad de reducir las remuneraciones de altas autoridades públicas, por una sola vez y de forma transitoria, hasta que cumpla su cometido dicha Comisión independiente.

El Consejo de Alta Dirección Pública deberá cumplir el mandato constitucional dentro del término de 30 días, respecto de parlamentarios y ministros de estado y de 90 días respecto del Presidente de la República, subsecretarios, intendentes, gobernadores regionales, seremis, gobernadores provinciales, delegados presidenciales, funcionarios de exclusiva confianza presidencial y personas contratadas a honorarios, de confianza de autoridades afectas a la norma. En ambos casos el plazo se cuenta desde la publicación de la reforma legal.

El Consejo deberá determinar la reducción de remuneraciones respecto de la última remuneración percibida y su decisión debe fundarse en antecedentes técnicos, que garanticen una retribución acorde a la responsabilidad y la independencia en el ejercicio de la función y considerar, al menos, la Escala Única de Sueldos, la realidad económica del país y análisis de política comparada.

Plan de trabajo definido por el Consejo de Alta Dirección Pública.

Para cumplir con este inédito mandato constitucional, el Consejo de Alta Dirección Pública ha definido un plan de trabajo para la primera fase de 30 días, el que consta de tres etapas.

En una primera etapa, destinada a recibir antecedentes y consolidar evidencia nacional e internacional, se realizarán siete (7) sesiones destinadas a escuchar a expertos, entre ellos se contempla a especialistas en institucionalidad pública, ex Ministros de Hacienda, economistas expertos en gestión pública, representantes de universidades, organismos internacionales, centros de pensamiento y ex Consejeros de Alta Dirección Pública.

Junto con ello, el Consejo, a través de su Presidente, oficiará a otros organismos públicos como el Banco Central, la Dirección de Presupuestos y el INE para recabar los antecedentes respecto de la evolución y situación macroeconómica del país, el marco presupuestario de la nación, y la evolución de los ingresos de la fuerza laboral, entre otros, tal como lo estipula la reforma en cuestión.

En una segunda etapa, el Consejo de Alta Dirección Pública, sesionará en al menos tres (3) oportunidades para deliberar, teniendo a la vista todos los antecedentes antes señalados.

Finalmente, en la tercera etapa este cuerpo colegiado elaborará un informe, el que incluirá los antecedentes considerados, los fundamentos de su decisión y finalmente señalará el porcentaje en el cual deberán reducirse la dieta de diputados y senadores y la remuneración de los ministros de Estado, las que de acuerdo con la reforma, deben ser iguales.

Transparencia del proceso.

Con el objetivo de dar transparencia al proceso, el Consejo de Alta Dirección Pública dispuso la publicidad de las intervenciones de los invitados, los antecedentes considerados, las actas de sus sesiones y su informe final en el sitio web https://remuneraciones.cadp.cl, especialmente habilitado para ello.

Cabe hacer presente que junto al cumplimiento de este mandato constitucional, el Consejo de Alta Dirección Pública continuará en paralelo cumpliendo con su labor permanente que la ley le entrega.