¿Quieres trabajar en el Estado?
Revise aquí las ofertas de empleos disponibles en instituciones públicas, según tu perfil profesional y cargo de interés.
Ingresa y postula aquíEn esta sección encontrará respuestas a consultas relacionadas con el Servicio Civil, sus áreas de trabajo y productos estratégicos.
¿Qué es el Servicio Civil?
El Servicio Civil es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente o Presidenta de la República a través del Ministerio de Hacienda. Tiene como misión “fortalecer la función pública y contribuir a la modernización del Estado, a través de la implementación de políticas de gestión y desarrollo de personas y altos/as directivos/as, para promover un mejor empleo público y un Estado al servicio de los ciudadanos/as”.
Para el cumplimiento de su quehacer institucional, el Servicio Civil cuenta con dos subdirecciones:
–Subdirección de Alta Dirección Pública, que desarrolla e implementa acciones para el adecuado funcionamiento del Sistema de Alta Dirección Pública e implementa programas de inducción y acompañamiento para quienes tienen altos cargos directivos.
-Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas, que supervisa, coordina y perfecciona la Gestión de Personas en la Administración Civil del Estado, mediante el diseño de políticas y la dictación de normas en este ámbito.
El Servicio Civil tiene además las siguientes áreas de apoyo: División de Gestión y Desarrollo Institucional, División Jurídica y de Asuntos Institucionales, Área de Comunicaciones y Participación Ciudadana, Secretaría Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, Unidad de Auditoría Interna y Gabinete de Dirección.
¿Cuáles son los Objetivos Estratégicos del Servicio Civil?
Consolidar el mérito como motor de la calidad de las instituciones públicas y la confianza de la ciudadanía, a través de la selección y el desarrollo de las personas que trabajan en los diferentes servicios públicos.
Mejorar la eficiencia y la eficacia de los servicios públicos para acercar el Estado a la ciudadanía, normando y acompañando los procesos que mejoren su productividad e impacto.
Atraer talento al Estado poniendo a disposición de la ciudadanía programas y herramientas para incorporar nuevas vocaciones de servicio público.
Contribuir al proceso de modernización del Estado, proponiendo medidas y reformas que modernicen el empleo y la gestión pública.
Participar en la coordinación entre el centro de gobierno, los servicios públicos y la sociedad civil, generando instancias de colaboración y análisis para el buen gobierno.
¿Cuáles son los productos estratégicos del Servicio Civil?
1. Selección y desarrollo de Altas y Altos Directivos Públicos.
2. Asesoría y evaluación en políticas y prácticas de gestión y desarrollo de personas.
3. Acciones de atracción de talento al Estado.
4. Iniciativas de mejoramiento al funcionamiento del empleo público.
5. Instancias de encuentro y reflexión sobre reforma del Estado y la función pública.
¿Qué es el Consejo de Alta Dirección Pública?
Es un cuerpo colegiado, de carácter autónomo, que cumple el rol de garante del buen funcionamiento de la Alta Dirección Pública. Junto con el Servicio Civil, integra la institucionalidad del Sistema de Alta Dirección Pública (SADP).
¿Quiénes integran el Consejo de Alta Dirección Pública?
Está compuesto por cinco integrantes: el/la directora/a Nacional del Servicio Civil, quien lo preside; y cuatro consejeros/as de reconocido prestigio, por su experiencia y conocimientos en administración de personas y/o políticas públicas, quienes son designados/as por el Presidente o Presidenta de la República, con acuerdo de los 4/7 de los integrantes del Senado. Sus nombramientos son por períodos de seis años, nominados/as por pares alternadamente cada tres años y con carácter inamovible.
El actual Consejo de Alta Dirección Pública es presidido por Felipe Melo Rivara e integrado por las consejeras Bettina Horst von Thadden (2016-2022), Cristina Orellana Quezada (2019-2025), y los consejeros Eduardo Abarzúa Cruz (2016-2022) y Eduardo Riquelme Portilla (2019-2025).
¿Cuál es la Misión del Consejo de Alta Dirección Pública?
El Consejo de Alta Dirección Pública tiene como principal misión regular los procesos de selección de candidatos/as a cargos del Sistema de Alta Dirección Pública o de aquellos que deben seleccionarse con su participación y conducir los concursos destinados a proveer los cargos de las jefaturas superiores de servicio. Debe cautelar los principios de no discriminación, imparcialidad y plena transparencia de los procesos de selección y garantizar la confidencialidad de la información.
Asimismo, está encargado de revisar y aprobar los perfiles profesionales de aquellos cargos directivos que serán provistos a través del Sistema de Alta Dirección Pública, debiendo resguardar que los perfiles estén formulados de modo de garantizar un proceso de selección competitivo y fundado en las necesidades objetivas del cargo.
Respecto del Primer Nivel jerárquico -que corresponde a jefaturas de servicio-, es el Consejo quien propone al Presidente o Presidenta de la República una nómina de tres o cuatro candidatos/as elegidos/as en el respectivo proceso de selección. En el Segundo Nivel jerárquico, el Consejo participa de los Comités de Selección encargados de seleccionar los altos cargos directivos, por medio de la designación de una o uno de sus integrantes o de un/a profesional experto/a que actúe en su representación.
En materia de remuneraciones para los nuevos cargos directivos, el Consejo cumple el rol de proponer al titular de Hacienda los porcentajes de la asignación de Alta Dirección Pública, sólo respecto del Primer Nivel jerárquico.
Adicionalmente, le compete resolver reclamos de postulantes; disponer la contratación de empresas consultoras especializadas en evaluación y selección de personas, y proponer a la Dirección Nacional del Servicio Civil la adopción de medidas o la elaboración de los estudios que estime pertinentes para el mejor funcionamiento del sistema de Alta Dirección Pública.
El Consejo es responsable de conocer y aprobar las directrices para el diseño e implementación de los planes y programas de inducción, acompañamiento, formación y desarrollo de Altos/as Directivos/as Públicos/as.
Además, tiene la responsabilidad de aprobar -con el acuerdo de, al menos, cuatro de sus miembros- la utilización del mecanismo de gestión de candidatos/as, que busca evitar concursos declarados desiertos por no reunirse suficientes postulantes idóneos para conformar la nómina, mediante la invitación a integrarse al proceso de selección a quienes hayan ejercido cargos de Alta Dirección Pública o hayan sido nominados/as en concursos destinados a proveer cargos análogos.
Finalmente, cumple el rol de rendición de cuentas al informar, anualmente, a las comisiones de Hacienda de ambas cámaras del Congreso Nacional sobre el funcionamiento del Sistema de Alta Dirección Pública.
¿Qué es el Sistema de Alta Dirección Pública y para qué sirve?
El Sistema de Alta Dirección Pública (SADP) tiene como objetivo dotar a las instituciones del Estado –a través de concursos públicos y transparentes- de directivos/as con probada capacidad de gestión y liderazgo para ejecutar de forma eficaz y eficiente las políticas públicas definidas por la autoridad. Se crea el año 2003, tras un acuerdo político-legislativo entre gobierno y oposición de la época, con el objetivo de aportar a la modernización y transparencia de la gestión pública.
El SADP partió el año 2004 con 688 cargos y en los últimos años –producto de su reconocimiento y validación- ha ido paulatinamente expandiendo sus fronteras y ámbitos de acción no sólo a nuevos servicios públicos del gobierno central, sino que también a otros organismos del Estado y del ámbito municipal, que utilizan la ADP como mecanismo de selección directiva en base al mérito.
¿Cuáles son los cargos que se concursan a través de la Alta Dirección Pública?
En la actualidad los cargos que se eligen con apoyo de la Alta Dirección Pública son más de 5 mil. Además de los I y II niveles de servicios públicos, participa en la selección de los/as directores independientes de CODELCO, jueces y secretarios/as de Tribunales Tributarios y Aduaneros, ministros/as de Tribunales Ambientales, nuevos organismos de la nueva institucionalidad educacional, jefes/as de Departamentos de Educación Municipal y de directores/as de escuelas y liceos municipales, y jefes/as de los programas identificados en la Ley de Presupuestos, que se encuentren radicados en una Subsecretaría, cuyo presupuesto anual represente, al menos, el 10% del total asignado a dicha cartera.
¿Cómo es un concurso de Alta Dirección Pública?
Dependiendo del cargo, y de si se trata de I o II Nivel Jerárquico, el Consejo de Alta Dirección Pública, un Comité de Selección, o una comisión calificadora, elige por concurso público a los/las candidatos/as finalistas, los que son propuestos/as a la autoridad facultada para el nombramiento, ya sea el Presidente o Presidenta de la República, Ministra o Ministro de Estado, Jefa o Jefe de servicio, u otra autoridad correspondiente.
El proceso de concurso, que es confidencial, se inicia con una convocatoria en prensa escrita y en los sitios de postulación del Servicio Civil. Luego, una empresa especializada en selección de personal realiza el análisis curricular de los/as candidatos/as, el chequeo de antecedentes y las entrevistas respectivas, y presenta al Consejo de Alta Dirección Pública, al Comité de Selección o a una comisión calificadora, una nómina de preseleccionados/as.
Esta instancia elije a los/as candidatos/as mejor evaluados/as y luego de entrevistarlos/as personalmente elabora la nómina final (3 o 4 candidatos/as), que es enviada a la autoridad competente para el nombramiento final.
¿Quiénes pueden postular a los concursos de Alta Dirección Pública?
Cualquier ciudadano/a puede postular a cargos adscritos al Sistema de Alta Dirección Pública, siempre que cumpla los requisitos legales previstos en el artículo cuadragésimo de la Ley Nº19.882:
-Estar en posesión de un título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por éste; y
-Acreditar experiencia profesional no inferior a 5 años, sin perjuicio de otros requisitos que pueda exigir la ley para cargos determinados. Para el cómputo de la duración de la carrera que da origen al título profesional de pregrado, podrán sumarse los estudios de postgrado realizados por el/la mismo/a candidato/a.
En conformidad con lo previsto en el artículo 12° de la ley Nº 18.834 sobre el Estatuto Administrativo, precepto que regula los requisitos de ingreso a la Administración Pública Chilena, quien postule a un cargo adscrito al Sistema de Alta Dirección Pública, además de cumplir estas exigencias legales, debe ostentar la calidad de ciudadano/a. De acuerdo a lo establecido en el artículo 13° de la Constitución Política de la República, ciudadanos/as son los/as chilenos/as, mayores de 18 años y que no hayan sido condenados/as a pena aflictiva.
¿Quién efectúa los nombramientos?
En los cargos de Primer Nivel jerárquico, (fundamentalmente jefaturas de servicios), la autoridad facultada para realizar el nombramiento es el Presidente o Presidenta de la República, quien decide a partir de una nómina de candidatos/as elegibles remitida por el Consejo de Alta Dirección Pública.
En los cargos de Segundo Nivel jerárquico, la autoridad facultada para realizar el nombramiento es la jefatura superior de servicio, quien decide a partir de una nómina de candidatos/as elegibles, remitida por el Comité de Selección constituido para conducir el proceso.
¿Cómo puedo conocer los resultados de los concursos de Alta Dirección Pública?
Para obtener información sobre los concursos que se realizan a través del Sistema de Alta Dirección Pública se puede acceder al Historial de cada proceso publicado en la plataforma de postulación en línea. http://adp.serviciocivil.cl/concursos-spl/opencms/portada.html
Adicionalmente, las personas que se encuentren participando en algún concurso recibirán comunicaciones respecto a los resultados de su postulación en cada etapa del proceso.
Por otra parte, las preguntas, sugerencias o solicitudes, se pueden enviar por medio del centro de ayuda https://adp.serviciocivil.cl/concursos-spl/opencms/ayuda.html.
¿Qué son los Comités de Selección de II Nivel jerárquico?
El comité de selección se forma cada vez que se debe realizar un concurso de Segundo Nivel jerárquico. En este participa un representante del Consejo de Alta Dirección Pública, un/a representante de la jefatura del Servicio respectivo y un/a representante del Ministerio del ramo.
El o la representante del CADP se nombra a partir de una lista de profesionales expertos/as de reconocidas capacidades en las áreas de gestión de personas y/o políticas públicas, que según lo establecido en la Ley N°19.882 es confeccionada por el Consejo de Alta Dirección Pública.
¿Qué rol cumplen las empresas consultoras?
En un inédito modelo de alianza público/privada, en el desarrollo de los concursos de Alta Dirección Pública participan empresas consultoras técnicamente calificadas que prestan los siguientes servicios:
* Servicio de búsqueda de Altos/as Directivos/as Públicos/as: Consiste en la pesquisa de candidatos/as que reúnan las condiciones, requisitos y atributos o competencias presentes en el perfil del cargo definido,, ya sea por el Consejo de Alta Dirección Pública o por los Comités de Selección.
* Servicio de Evaluación de Altos Directivos Públicos: Consiste en un proceso de valoración integral del grado de idoneidad de los/as candidato/as participantes de los procesos de selección del Sistema de Alta Dirección Pública, en base a los atributos o competencias incluidas en el perfil de selección.
¿Cuáles son las Condiciones de Desempeño de los Altos Directivos Públicos?
Los/as altos/as directivos/as públicos/as de cargos adscritos nombrados/as mediante el Sistema ADP tienen una duración de tres años en su cargo y pueden ser renovados/as hasta dos veces, por igual plazo.
Son funcionarios/as de exclusiva confianza, es decir, su renuncia puede ser solicitada en cualquier momento por la autoridad facultada para su nombramiento.
Ejercen sus funciones con dedicación exclusiva y tienen derecho, en caso de solicitud de renuncia, a una indemnización por cada año de servicio en el cargo, con un máximo de seis.
¿Qué son los Convenios de Desempeño que firman los altos directivos públicos?
Los/as altos/as directivos/as públicos/as cuyos cargos están adscritos a la ADP firman un Convenio de Desempeño, que cumple con la doble función de orientar y evaluar el desempeño de éstos/as. El convenio lo firman con su superior jerárquico y tiene una duración de tres años.
En los convenios se incluyen las metas anuales estratégicas de desempeño del cargo y los objetivos a alcanzar, con los correspondientes indicadores, medios de verificación y supuestos básicos en que se basa el cumplimiento de los mismos.
Quienes ocupan cargos directivos deben informar a su superior jerárquico el grado de cumplimiento de las metas y los objetivos, correspondiendo al/la ministro/a del ramo o al/la jefe/a superior de servicio, según corresponda, determinar el grado de cumplimiento de los objetivos acordados.
¿Cómo participa la Alta Dirección Pública en el área de Educación?
El año 2011, la Ley Nº20.501 de Calidad y Equidad de la Educación instauró un nuevo sistema de selección, nuevas responsabilidades, atribuciones e incentivos tanto para los/las directores/as de establecimientos educacionales municipales (DEEM) como para las jefaturas de Departamentos de Administración de Educación Municipal (DAEM).
Estableció que para reclutar a estos/as directivos/as se realicen concursos públicos, con la participación directa e indirecta de la Alta Dirección Pública (ADP), según el tipo de cargo.
Asimismo, la ADP participa indirectamente en la selección de 3.172 cargos de directores/as de escuelas y liceos municipales y jefes/as DAEM con matrícula inferior a 1.200 alumnos a lo largo del país. En estos concursos el Consejo de Alta Dirección Pública nombra un/a representante en la comisión calificadora de dichos procesos; el/la representante del Consejo ADP designa a la asesoría externa encargada de la preselección de los/las candidatos/as; dicha preselección contempla análisis curricular y evaluación psicolaboral.
En 2017 se promulga la ley Nº21.040 que crea el Nuevo Sistema Nacional de Educación Pública, cuyo propósito es que el Estado provea educación pública, gratuita y de calidad. Para ello, se estableció que la administración de los establecimientos educacionales dependientes de la Administración Municipal, fuera traspasada gradualmente a 70 Servicios Locales de Educación Pública, en un proceso que dura hasta el año 2025. En una primera etapa de instalación, iniciada en 2018 y concluida en 2020, se incluyeron 11 Servicios Locales de Educación. En 2022 comenzará la segunda etapa de instalación.
La ley estableció que los cargos de director/a de Educación Pública y los directores/as Ejecutivos/as, y los subdirectores de los Servicios Locales de Educación Pública sean provistos a través de la Alta Dirección Pública, sumándose con ello cerca de 400 cargos al Sistema. En la primera etapa de instalación se nombraron 12 cargos de primer nivel y 47 de segundo nivel jerárquico.
¿Cómo es el proceso de selección de directores/as de escuelas y liceos municipales y jefes/as DAEM con matrícula menor a 1.200 alumnos?
El respectivo municipio o Servicio Local de Educación Pública, que es responsable del concurso, realiza la convocatoria pública. Recibidos los antecedentes y luego de la admisibilidad de requisitos legales, una empresa externa realiza la preselección de candidatos/as, que contempla análisis curricular y evaluación psicolaboral. Esta empresa externa especializada en selección es nombrada por el/la representante del Consejo de Alta Dirección Pública, de entre una nómina de empresas registradas ante el Servicio Civil.
La Comisión Calificadora, que está integrada por un/a representante del Consejo de Alta Dirección Pública, el/la jefe/a DAEM del municipio, un/a represente del/a director/a ejecutivo/a del Servicio Local, según corresponda, y un/a docente de destacado desempeño elegido/a por sorteo, realiza las entrevistas a candidatos/as preseleccionados/as.
Luego de las entrevistas, la Comisión Calificadora define una nómina de 3 a 5 candidatos/as, la que es enviada al alcalde o alcaldesa del municipio, para el respectivo nombramiento.
La duración de un concurso, desde la convocatoria por parte del municipio o Servicio Local, hasta la elaboración de la nómina por la Comisión Calificadora, dura en promedio de 90 días.
¿Qué rol cumple el Servicio Civil en materia de Gestión y Desarrollo de Personas en el Estado?
El Servicio Civil, a través de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de Personas, cumple un rol de rectoría, con 11 normas de aplicación general para todos los ministerios y sus servicios dependientes o relacionados. Ellas están orientadas a mejorar la calidad del empleo público, mediante el desarrollo de una gestión estratégica moderna y eficaz en Gestión y Desarrollo de Personas, especialmente en materias relativas a:
1. Estructura y estándares de las áreas de gestión y desarrollo de personas.
2. Política de Gestión y Desarrollo de Personas.
3. Cumplimiento de estándares en procesos de reclutamiento y selección.
4. Concursabilidad y carrera funcionaria.
5. Cumplimento de estándares en programas de inducción.
6. Gestión de prácticas profesionales.
7. Ambientes laborales y calidad de vida laboral.
8. Participación funcionaria.
9. Cumplimiento de estándares en formación y capacitación de funcionarios/as públicos/as.
10. Rol de jefaturas en dirección de equipos.
11. Gestión del desempeño individual y sistema de calificaciones.
Además, el Servicio Civil debe velar por el cumplimiento de las normas que imparte, solicitando información a las instituciones públicas sobre estas materias, e informando semestralmente de su cumplimiento a la Contraloría General de la República.
Por tanto, la Subdirección de Gestión y Desarrollo de Personas tiene por propósito fortalecer la gestión y capacidades de los servicios públicos, a través de políticas y prácticas de desarrollo de personas, orientadas a contar con un empleo público de calidad y al servicio de la ciudadanía.
Para ello, realiza acciones normativas, de acompañamiento y de gestión de información sobre gestión de personas para los servicios públicos, a través de un equipo multidisciplinario, comprometido y de alto desempeño.
¿Qué es el Premio Anual por Excelencia Institucional?
El Premio Anual por Excelencia Institucional fue creado en el año 2003, mediante la Ley Nº19.882, conocida como “Ley de Nuevo Trato Laboral”.
Inicialmente, se otorgaba a un servicio, sin embargo, a partir del año 2008, con el objeto de incentivar el desempeño de funcionarios/as públicos/as, se amplió el otorgamiento del Premio a tres instituciones que se destaquen por los resultados alcanzados en aspectos tales como gestión, eficiencia institucional, productividad y calidad de los servicios proporcionados a sus usuarios/as. Este reconocimiento se traduce en la entrega de un incentivo económico del 5% mensual a los/las funcionarios/as de los servicios públicos ganadores.
¿Quiénes pueden postular al proceso de evaluación para la obtención del Premio Anual por Excelencia Institucional?
Pueden participar los servicios públicos que:
a. Sean beneficiarios de la asignación de modernización de la ley Nº19.553, o de otros incentivos vinculados al desempeño Institucional, asociados al cumplimiento de Metas Anuales de Eficiencia Institucional, y que hayan alcanzado un grado de cumplimiento igual o superior al 100% de los objetivos anuales, fijados en su Programa de Mejoramiento de la Gestión o en las Metas de Eficiencia Institucional, según sea el caso, ambos para el año anterior a su otorgamiento. También podrán postular los servicios que, sin ser beneficiarios de la asignación de modernización de la ley Nº19.553 ni de otros incentivos vinculados al desempeño Institucional, elaboren y obtengan un grado de cumplimiento del 100% de los objetivos anuales de Programas de Mejoramiento de la Gestión establecidos con la participación del Ministerio de Hacienda.
b. Postulen a través de una plataforma web dispuesta para estos efectos por el Servicio Civil, la que permite hacer más eficiente y expedita la postulación. Los servicios que cumplan con los requisitos para postular al PAEI, deben indicar su intención de postular a la Dirección Nacional del Servicio Civil, que entrega claves de acceso para acceder y utilizar la plataforma para la postulación.
¿Cómo y dónde los servicios deben presentar su postulación al Premio?
Según lo establecido en la normativa que rige este proceso, la postulación al Premio Anual por Excelencia Institucional se realiza a través de una plataforma web que dispone gratuitamente el Servicio Civil para estos efectos. Una vez concluida la postulación, los servicios postulantes, además, deben indicar que han postulado al Premio en su versión correspondiente y que han completado toda la información solicitada en la referida plataforma, adjuntando copia del comprobante de postulación emitido por el sistema.
¿Cuáles son los factores que se consideran al momento de evaluar el otorgamiento del Premio Anual por Excelencia Institucional?
a) Eficiencia y Productividad: Considera la evaluación del avance obtenido en aquellas iniciativas de gestión implementadas por los servicios públicos para mejorar la productividad de la institución y la eficiencia en el uso de los recursos, teniendo en cuenta la dotación de la institución y su presupuesto anual.
b) Calidad de Servicio: Considera la evaluación del avance en las iniciativas realizadas por las instituciones para mejorar la calidad en la prestación de sus servicios, la incorporación de la ciudadanía en ello, y la satisfacción de los/as usuarios/as finales.
c) Gestión de Personas: Considera la evaluación de las iniciativas realizadas por los servicios para fortalecer el desarrollo y el desempeño de las personas, el perfeccionamiento de las políticas de gestión de personas, la implementación de buenas prácticas laborales y participación funcionaria.
¿Cuál es el rol del Jurado del Premio?
El jurado debe discernir entre las respectivas instituciones públicas participantes y proponer a la Dirección Nacional del Servicio Civil, los nombres de los tres servicios públicos que obtendrán el Premio Anual por Excelencia Institucional.
¿Cómo está constituido el Jurado que otorga el Premio anualmente?
De acuerdo a la normativa reglamentaria que rige el proceso, el Jurado del Premio Anual por Excelencia Institucional será integrado por:
Director/a Nacional del Servicio Civil, quien lo preside; Subsecretario/a de Hacienda; Subsecretario/a General de la Presidencia; Subsecretario/a del Trabajo; Representante de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF; y Subdirector/a de Gestión y Desarrollo de Personas de la DNSC, quien actúa como su Secretario/a Ejecutivo/a.
¿Cuáles fueron los resultados generales del proceso 2021?
En el proceso PAEI 2021, postularon un total de 38 instituciones públicas, de las cuales 13 avanzaron a la etapa final, resultando ganadores de esta nueva versión, la Agencia de Calidad de la Educación, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) y la Superintendencia de Pensiones.
¿Qué es el Concurso Funciona?
Funciona! es un Concurso Nacional de Innovación Pública que apunta a reconocer y premiar iniciativas innovadoras implementadas por las funcionarias y los funcionarios de la Administración Central del Estado y de municipalidades, para mejorar la atención a los/as usuarios/as-ciudadanos/as y elevar la eficiencia interna de los servicios públicos.
Desde pequeñas mejoras en un proceso administrativo hasta creativas innovaciones que mejoran la eficacia y eficiencia de un servicio, pueden participar en este desafío. Este premio es entregado por el Servicio Civil, en colaboración con el Laboratorio de Gobierno.
¿Cuál es el premio que obtienen los equipos ganadores?
El concurso Funciona! distingue a quienes integran los equipos de trabajo ganadores con una pasantía en el extranjero, para conocer e intercambiar experiencias con entidades homólogas de países de la OCDE, de América o de América Latina, dependiendo del lugar obtenido. Debido a la crisis sanitaria por Covid 19, en las últimas versiones, los equipos ganadores han sido premiados con curso y/o diplomados en el ámbito de la innovación, gestión y/o diseño de proyectos.
¿Quiénes pueden participar?
Pueden participar todos/as los/as funcionarios/as que tengan la calidad jurídica de planta, contrata u honorarios.
En el caso de ser personas contratadas bajo la modalidad de honorario a suma alzada, deberán haber suscrito contratos por una duración mayor a 6 meses y el contrato debe especificar que la persona puede desempeñar sus funciones en otra repartición pública dentro del territorio nacional o puede desplazarse para ello al extranjero, estableciendo para dichos efectos una asimilación a un grado de la escala única de remuneraciones.
¿Pueden participar las jefaturas de una institución?
No pueden participar en el equipo postulante las jefaturas de primer, segundo y tercer nivel jerárquico o sus equivalentes en cada institución. El resto de las jefaturas internas sí pueden participar.
¿Cómo se postula?
Los/as funcionarios/as interesados/as en participar pueden cargar sus iniciativas directamente a la plataforma de postulación: funciona.serviciocivil.cl, las cuales deben ser validadas por su Coordinador/a para que sean formalmente postuladas al Concurso.
Adicionalmente, existe un formato tipo en word como apoyo a la plataforma. Este formato puede ser utilizado para la selección interna en los servicios y para recoger la información asociada a cada iniciativa. Sin embargo, cabe recalcar que el envío de este documento no constituye la postulación oficial al concurso.
¿Se puede postular un proyecto o debe ser una iniciativa ya implementada?
Las iniciativas deben cumplir con ciertos requisitos para postularse: Tener un período mínimo de seis meses de implementación efectiva y continua, estar vigentes y ser presentadas por un equipo de entre 3 y 4 funcionarios/as, quienes deben pertenecer a la institución al momento de la postulación, entre otros.
¿Quién hace la evaluación de las iniciativas?
Las iniciativas son evaluadas primero por un equipo de expertos/as en innovación del ámbito público y académico convocado por el Servicio Civil y posteriormente por un jurado integrado por autoridades de los ministerios de Hacienda, Trabajo y Previsión Social, Secretaría General de la Presidencia, representantes de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) y del Servicio Civil. Para la Categoría Municipal se incluye al jurado antes señalado, al Subsecretario/a de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere) o quien lo/a represente.
¿Qué es el Programa Prácticas Chile?
El Programa Prácticas Chile ofrece a estudiantes universitarios/as, de institutos profesionales y liceos, la oportunidad de realizar sus prácticas técnicas o profesionales en ministerios y servicios públicos del país. Las características específicas de cada práctica dependerán de las necesidades del servicio que las ofrece.
El detalle de las actividades y los requisitos específicos (carrera, competencias específicas y duración, entre otros) de cada práctica se darán a conocer una vez abierto el proceso de postulación respectivo.
A través del sistema de postulación, cada interesado/a podrá acceder a la totalidad de prácticas disponibles y a una descripción que le permitirá hacerse una idea sobre cada práctica antes de postular.
¿Cuánto duran las prácticas?
Las prácticas pueden tener distintas duraciones, dependiendo de las necesidades de cada institución y también de la disponibilidad del/la practicante, en consideración a las horas de práctica que curricularmente los/las estudiantes deben cumplir. En términos generales, las prácticas contemplan períodos de seis a doce semanas. No obstante, puede haber algunas inclusive semestrales de acuerdo a carreras específicas.
Una vez abiertas las postulaciones, estas se pueden conocer a través de la plataforma www.practicasparachile.cl.
¿Cuál es el horario en que se desarrollan las prácticas?
El horario de desempeño depende de las condiciones que se acuerde entre el/la practicante y cada servicio. Sin embargo, es importante que el/la alumno/a interesado/a, dentro de los antecedentes que adjunte en su postulación indique, específicamente, las horas de práctica que formalmente debe cumplir. Por su parte, el servicio respectivo, señalará las horas/período que se requiere del o la practicante en cada convocatoria, o durante el momento del año que convoque a la práctica.
¿Se recibe remuneración por este tipo de prácticas?
El programa, con el objetivo de garantizar condiciones similares para todos los practicantes, considera que cada institución ofrezca a los alumnos la colación y movilización durante el desempeño de su práctica profesional, de conformidad con la normativa vigente y los recursos disponibles del servicio. No obstante, será cada servicio, quien a partir de recursos disponibles, podrá considerar mejores condiciones para ofrecer de acuerdo a la normativa vigente que aplica para el sector público en esta materia.
¿A qué cargos puedo postular a través de este portal?
Puede postular a cualquiera de los cargos que son concursados por el Sistema de Alta Dirección Pública. Esto incluye cargos adscritos y no adscritos de Primer y Segundo Nivel jerárquico de más de 100 servicios públicos.
¿Cómo puedo registrarme en el portal ADP?
Para registrarse debe ingresar a “Crear Cuenta” o en la página principal debe seleccionar la opción “Crea tu cuenta en un paso”, ubicada en la zona superior.
Después debe completar los datos de identificación tal como están en la cédula de identidad, además de registrar un correo electrónico y contraseña.
Luego se enviará un mensaje a su correo electrónico para Activar su Cuenta.
Finalmente, debe ingresar al sitio con su RUN y contraseña, y llenar los datos personales con dirección y, al menos, un número de teléfono. Una vez realizado este paso, podrá completar su información laboral en el currículo en línea.
¿Cómo puedo cambiar la contraseña actual y/o mis datos personales?
Debe ingresar con el RUN y la contraseña actual y, en la sección Datos Personales, cambiar la contraseña.
En esa misma sección puede cambiar los datos de contacto.
¿Cómo puedo recuperar mi contraseña?
Debe ingresar a la opción “¿Olvidaste tu Contraseña?” ubicada bajo el formulario de ingreso.
Luego de ingresar su RUN, el sistema automáticamente enviará un mensaje al correo electrónico que registró, con los datos que lo identifican junto a su contraseña.
No puedo recuperar mi contraseña porque olvidé mi correo ¿Cómo lo cambio?
Cuando usted no recuerde el correo electrónico registrado, debe llamar a la Mesa de Atención Telefónica, desde red fija al 800 373 600 o desde celulares 22 444 6467.
¿Qué es el portal www.directoresparachile.cl?
Es un portal web cuyo objetivo es facilitar y dar mayor transparencia a la difusión de la oferta de Director/a de Establecimiento Educacional que realizan los municipios para la publicación de sus convocatorias, permitiendo optimizar las postulaciones de la ciudadanía a las mismas, a través de la postulación en línea a las convocatorias disponibles. Además, permite que los/las usuarios/as registrados/as postulen en línea a las convocatorias de su interés publicadas por los municipios y Servicios Locales de Educación que firmaron convenio con el Servicio Civil.
¿Tiene problemas para registrarse o para postular en www.directoresparachile.cl?
Si tiene problemas para registrarse o para postular a una convocatoria publicada en el portal www.directoresparachile.cl, le invitamos a acceder al siguiente link del sitio: https://www.directoresparachile.cl/pub/contenido/faq.aspx
También puede comunicarse con la Mesa de Ayuda del portal al 600 600 2626, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 hrs.
¿Qué es el portal www.empleospublicos.cl?
Es un portal web, cuyo objetivo es facilitar y dar mayor transparencia a la difusión de la oferta de empleos que realizan los servicios públicos que lo utilizan, para la publicación de sus convocatorias, permitiendo optimizar las postulaciones de funcionarios/as públicos/as y de la ciudadanía. A partir de julio del año 2015 todos los servicios públicos de la Administración Central del Estado están obligados a difundir su oferta de empleos por medio del Portal de Empleos Públicos, independientemente de la difusión que estos puedan realizar en otras plataformas y medios de comunicación. No obstante lo señalado, es importante señalar que este sitio no contiene los llamados a concurso del Sistema de Alta Dirección Pública, como tampoco incorpora información de empleo del sector municipal, Poder Legislativo y Judicial, ya que considera solo la Administración Central del Estado (Poder Ejecutivo).
¿Tiene problemas para registrarse o para postular en www.empleospublicos.cl?
Si tiene problemas para registrarse o para postular a una convocatoria publicada en el portal www.empleospublicos.cl, le invitamos a acceder al siguiente link del sitio: https://www.empleospublicos.cl/pub/contenido/faq.aspx
También puede comunicarse con la Mesa de Ayuda del portal al 800 104 270 (red fija) o al +56 22 444 6467 (móvil), de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 hrs.
Revise aquí las ofertas de empleos disponibles en instituciones públicas, según tu perfil profesional y cargo de interés.
Ingresa y postula aquí