Recomendaciones del Consejo de Alta Dirección Pública sobre Remuneraciones de Autoridades


 

Como fruto del estudio realizado por el Consejo ADP para cumplir su mandato constitucional, ha elaborado diversas recomendaciones de política pública destinadas a avanzar hacia una reforma a las remuneraciones en el Estado, compatible con el régimen permanente establecido en la ley N°21.233, las que hará llegar oportunamente al Ejecutivo, al Congreso de la República y a la Comisión permanente cuando ésta se constituya y que constan en el informe que acompaña las respectivas Resoluciones. Las principales recomendaciones son las siguientes:

 

(i) Eliminar la igualdad entre la dieta parlamentaria y la remuneración de los ministros de Estado, debiendo estos últimos percibir una remuneración superior a los primeros. Esto se puede conseguir derogando el artículo 62 de la Constitución Política de la República o bien creando una asignación especial para los Ministros de Estado.

(ii) Separar las escalas remuneratorias aplicables a cargos de confianza política y de gerencia pública.

(iii) Establecer la dedicación exclusiva a la labor de Diputados y Senadores.

(iv) Revisar el sistema de asignaciones y asesorías parlamentarias, a) organizando un sistema de asesoría de confianza para la función legislativa dependiente de las bancadas y, b) perfeccionando el control externo e independiente del buen uso de dichas asignaciones.

(v) Distinguir por ley entre los cargos de “confianza política” y aquellos de “gerencia pública” en el Ejecutivo, sean estos ADP o nombrados directamente por el Presidente de la República. Para los primeros, la remuneración presidencial debiera ser el límite; para los segundos, su remuneración podrá exceder la del Presidente de la República si un estudio de mercado lo justificara.

(vi) Eliminar la restricción que la renta del Subsecretario sea el tope para los cargos de Alta Dirección Pública, pudiendo estos ganar más si así un estudio de mercado lo determinara, por la complejidad de la función y las competencias requeridas para ejercer el cargo. Cabe hacer presente que en algunos casos y como consecuencia de determinadas reformas legales esa restricción no representa un tope a la remuneración de determinados jefes de servicio

(vii) Regular por ley la asesoría directa que reciben las autoridades de gobierno, creando en forma transparente cupos y montos para un grupo acotado de asesores de confianza, considerados dentro de la dotación y del presupuesto de cada ministerio para que no signifiquen gasto fiscal adicional.

 

Finalmente, el Consejo ADP hace presente que, aún cuando ha dado total cumplimiento al mandato constitucional de rebajar remuneraciones, éste resulta completamente insuficiente para resolver la crisis de confianza y legitimidad que afecta a las instituciones, la que demanda de un análisis de política pública amplio, riguroso y sistémico, que excede con creces el mandato transitorio que le fue conferido a este Consejo.