Alta Dirección Pública inicia proceso de búsqueda de Directores/as (Suplentes) – DESARROLLO PAÍS S.A.

Hasta el próximo lunes 12 de septiembre estará abierta la convocatoria de dos Directores Suplentes para Desarrollo País S.A., a través de la Alta Dirección Pública

La ley N°21.082, de 24 de marzo de 2018, que crea una sociedad anónima del Estado denominada “Fondo de Infraestructura S.A.” (Desarrollo País), autoriza al Estado para desarrollar actividades empresariales de financiamiento e inversión en proyectos de infraestructura, así como el desarrollo, a través de terceros no relacionados -por medio del otorgamiento de concesiones o la suscripción de contratos-, de los servicios anexos a los mismos, incluyendo su construcción, ampliación, reparación, conservación y explotación.

Se aplican a la administración del Fondo las normas sobre administración de sociedades anónimas. Sin perjuicio de lo anterior, su administración corresponde a un Directorio compuesto por cinco miembros, designados de la siguiente forma:

a) Dos directores nombrados por el Presidente de la República, elegidos de una nómina de cinco candidatos propuesta por el MOP.

b) Tres directores nombrados por el Presidente de la República de entre personas de reconocido prestigio profesional o académico, por su experiencia y conocimiento en materias referidas al giro del Fondo, a partir de una terna propuesta para cada cargo por el Consejo de Alta Dirección Pública.

Deben contar con un suplente, los que serán nombrados de conformidad con lo señalado respecto de los titulares. De acuerdo a ello, el Sistema de Alta Dirección Pública participa en la selección de 3 de los 5 Directores titulares y de igual número de suplentes.

2. Rol del Directorio

A los/las Directores/as Titulares del Fondo de Infraestructura S.A, así como también a sus tres respectivos suplentes, les corresponderá ser parte del directorio de cinco miembros de la sociedad anónima del Estado denominada “Fondo de Infraestructura S.A.”, cuyo nombre de fantasía es “Desarrollo País S.A.”, la que se rige por la ley 21.082, por la ley de sociedades anónimas y su reglamento y por sus estatutos sociales.

Corresponderá a cada Director/a, y a su respectivo suplente, en su caso, integrar el Directorio, órgano responsable de la administración, conducción y supervigilancia de las actividades de Desarrollo País, con el objeto de asegurar la sostenibilidad del mismo y la rentabilidad de sus inversiones, promoviendo su fortalecimiento y el adecuado desarrollo de sus negocios.

Cada Director/a se debe a los intereses de Desarrollo País y tendrán el carácter de independientes. Deberán tener especialmente en cuenta lo prescrito por las leyes, y adicionalmente, respeto y consideración por las personas, las comunidades, y el medio ambiente al que se vincula, ya sea directa o indirectamente.

3. Características del Proceso

Convocatoria: Mediante un procedimiento especial de selección definido por el Consejo de Alta Dirección Pública, órgano que convoca durante dos semanas. La conducción del proceso de selección corresponde al mismo Consejo de Alta Dirección Pública.

Proceso de selección: Cualquier persona puede postular enviando su curriculum a la siguiente dirección de correo electrónico directoresdesarrollopais@serviciocivil.cl. Para avanzar en el proceso, debe cumplir con los requisitos legales y atributos establecidos en el perfil del cargo.

Empresa a cargo de realizar la evaluación en el proceso: el Consejo de Alta Dirección Pública encargó a la empresa especializada EQUATION PARTNERS ASESORES LIMITADA, la búsqueda de candidatos/as que cumplan con el perfil.

Requisitos legales y perfil del cargo: los requisitos exigidos para desempeñar este cargo son:

1. Contar con reconocido prestigio profesional o académico de su experiencia y conocimiento en materias referidas al giro de Desarrollo País.
2. Estar en posesión de un Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, o de un título de nivel equivalente otorgado por una Universidad extranjera, reconocido o validado en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional de, a lo menos, cinco años, continuos o no, como director, gerente, administrador o ejecutivo principal en empresas públicas o privadas, o en cargos de primer o segundo nivel jerárquico en servicio públicos.
3. Poseer antecedentes comerciales intachables y tributarios intachables. Para estos efectos, se entenderá que una persona posee antecedentes comerciales intachables cuando no registre protestos vigentes de documentos no aclarados. Asimismo, se entenderá que una persona posee antecedentes tributarios intachables cuando se encuentre al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de acuerdo al certificado que emita al efecto la Tesorería General de la República dando cuenta de este hecho.
4. No tener dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que se justifique su consumo por tratamiento médico.
5. No haber sido declarado fallido o condenado por los delitos de quiebra culpable o fraudulenta o por delitos concursales, o haber sido administrador o representante legal de personas fallidas o condenadas por los delitos de quiebra culpable o fraudulenta o por delitos concursales y, si lo hubiere sido, encontrarse rehabilitado.

Etapas del proceso de selección: El proceso de selección contempla 4 etapas para todos los postulantes, tanto para los que lo hacen vía correo electrónico (directoresdesarrollopais@serviciocivil.cl), como para los que son incorporados por la empresa especializada hasta el cierre de la convocatoria. Las etapas sucesivas y excluyentes del proceso son: análisis de admisibilidad a través de la revisión del cumplimiento de requisitos legales señaladas en el perfil del cargo (realizado por el Servicio Civil); evaluación curricular según el perfil concursado (realizado por empresa especializada); evaluación directiva (realizado por empresa especializada). Aquellos candidatos que superan todas estas etapas, pasan a las entrevistas finales con el Consejo de Alta Dirección Pública, luego de lo cual y en base a las evaluaciones, éste elabora las nóminas (ternas) de candidatos elegibles, las que son enviadas a la autoridad facultada para su nombramiento, en este caso, el Presidente de la República.

Duración del nombramiento: Los Directores/as Suplentes de Desarrollo País S.A. (Fondo de Infraestructura S.A.), designados de conformidad con lo dispuesto en la letra b), del artículo 15, de la ley N° 21.082, es decir, con la participación del Consejo de Alta Dirección Pública, durarán cinco años en su cargo.