Gobierno presenta proyecto que perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública y fortalece al Servicio Civil
- Proyecto otorga nuevas funciones al Servicio Civil en materia de empleo público y gestión de personas en el sector público.
- El director del Servicio Civil y Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, Rodrigo Egaña, manifestó que iniciativa legal reafirma la voluntad del Gobierno de avanzar en la profesionalización del Estado, que sin duda es una fortaleza institucional de nuestro país.
En el Salón Montt Varas del Palacio de La Moneda y junto a los ministros de Hacienda, Rodrigo Valdés, y de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball, la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, firmó hoy tres nuevos proyectos de Ley que elevan los estándares de funcionamiento y transparencia en el sector público y privado.
Son tres las iniciativas legislativas que buscan perfeccionar el Sistema de Alta Dirección Pública y fortalecimiento de la Dirección del Servicio Civil; aumentar la transparencia frente al incremento de valor por ampliación del límite urbano; y establecer nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades de los agentes de los mercados.
“Los instructivos presidenciales para el sector público y el conjunto de proyectos de Ley que hemos enviado al Parlamento, conforman una verdadera reforma en materia de probidad y transparencia. Un proceso sin vuelta atrás, que hará de Chile un país con los más altos estándares que regulen de modo estricto la relación entre la política y el dinero. Un legado que este Gobierno dejará y que, sin duda, hará más transparente nuestra democracia”, explicó la Jefa de Estado.
Respecto a la Alta Dirección Pública, el proyecto contempla ampliar los servicios y cargos con el objetivo de llegar a 120 servicios (hoy son 115) y a más de mil puestos (hoy son 949). Asimismo, se incorporan a este proceso los cargos de la Dirección Nacional del Servicio Civil, Fondo Nacional de Salud, Servicio Nacional del Adulto Mayor, Servicio Nacional de Menores y el Instituto Nacional de la Juventud, entre otros.
Además, se elimina la figura de los directivos provisionales y transitorios, de forma tal que, en caso de vacancia del cargo, éste será ejercido por el subrogante legal mientras se desarrolla el concurso de nombramiento. También se faculta a los futuros presidentes de la República a nombrar directamente a 15 altos directivos de I nivel jerárquico en los primeros tres meses de su gobierno.
“Estas medidas apuntan, por un lado, a cuidar la continuidad de las políticas públicas de los servicios y, por otro, a facilitar a cada nuevo gobierno la provisión de cargos críticos para el éxito de sus objetivos programáticos, de forma transparente y clara ante la ciudadanía”, sostuvo la Mandataria.
Con el fin de asegurar que la salida de los altos directivos dependa principalmente de su capacidad de gestión, el proyecto propone fortalecer los convenios de desempeño. Para ello se reducen los tiempos para su suscripción, se estipula su publicación en los sitios web institucionales y que se considere el cumplimiento de las metas establecidas en estos instrumentos al evaluarse la renovación o remoción de un alto directivo público.
En materia de fortalecimiento del rol del Servicio Civil en materia de empleo público y gestión de personas en el sector público, la iniciativa consagra legalmente la existencia en la estructura del servicio de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de Personas. Asimismo, le otorga a la DNSC nuevas funciones con el fin de coordinar, supervisar y perfeccionar la política de gestión y desarrollo de personas en los servicios de la Administración Central del Estado, pudiendo impartir directrices, dictar instrucciones técnicas sobre la ejecución de concursos de promoción, para la realización de estudios en materia de gestión y desarrollo de personas, y participar en el diseño de políticas y promoción de prácticas sobre ética y probidad de la función pública y asesorar a los servicios en la elaboración de sus códigos de ética.
El director del Servicio Civil y Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, Rodrigo Egaña, manifestó su satisfacción por la firma del proyecto, precisando que éste reafirma la voluntad del Gobierno de avanzar en la profesionalización del Estado, que sin duda es una fortaleza institucional de nuestro país.
QUÉ ES EL SISTEMA ADP
- El Sistema de Alta Dirección Pública se creó en 2003, tras un acuerdo político-legislativo entre gobierno y oposición, con el objetivo de aportar a la modernización y transparencia de la gestión pública.
- Es una de las reformas más relevantes y exitosas del proceso chileno de reforma del Estado, cuyo objetivo es dotar a las instituciones del gobierno central –a través de concursos públicos y transparentes- de directivos idóneos y con probada capacidad de gestión para optimizar la entrega de bienes y servicios a la ciudadanía y ejecutar las políticas públicas definidas por la autoridad.
- En la actualidad, además de los cargos de servicios públicos, le corresponde participar en la selección de los directores independientes de CODELCO, jueces y secretarios de tribunales Tributarios y Aduaneros, ministros de Tribunales Ambientales, nuevos organismos de la nueva institucionalidad educacional, y más recientemente en los concursos de jefes de Departamentos de Educación municipal y de directores de escuelas y liceos municipales, entre otros.
- La ADP partió el año 2004 con 417 cargos. A abril 2015 se concursan a través de este mecanismo 1.256 cargos (211 de I Nivel Jerárquico y 1.045 de II Nivel). Ello implica un aumento del 200% en el número de cargos que se seleccionan a través de la ADP.
- De los 1.256 cargos, 949 cargos son adscritos (de 115 servicios públicos del Gobierno Central) y 307 cargos son no adscritos (de 230 organismos e instituciones públicas que utilizan la ADP como mecanismo de selección directiva).
- Los altos directivos públicos, en el caso del gobierno central, son elegidos por tres años, ejercen sus funciones con dedicación exclusiva y suscriben un convenio de desempeño. Pueden ser renovados hasta dos veces, por igual periodo.
- El proceso concursal de un ADP se inicia cuando el cargo queda vacante, ya sea por solicitud de renuncia por parte de la autoridad, por renuncia voluntaria o cumplimiento del periodo. Mientras se desarrolla el proceso, el sistema permite el nombramiento en el cargo de un Transitorio y Provisional.
LOGROS y CIFRAS ADP (A abril 2015)
- El 94% de los cargos adscritos han sido concursados.
- Sobre 327 mil postulaciones / 115 postulaciones por concurso en promedio.
- Un 50% de los nombrados no ocupaba el cargo (renovación directiva).
- Para cargos adscritos, el 23% de los nombrados es mujer, reflejando con ello una elevada participación de la mujer en la gerencia pública.
- Para cargos adscritos, el 17% de los nombrados proviene del sector privado.
- Desde el 2004 al 2014, el 81% de nombrados de cargos adscritos ocupan los dos primeros lugares de la nómina.
- 45 años edad promedio de nombrados (2004-2014).
CÓMO ES EL PROCESO DE CONCURSO
- Dependiendo si se trata de cargos de I o II Nivel Jerárquico, es el Consejo de Alta Dirección Pública o el Comité de Selección, respectivamente, la instancia encargada de conducir y regular los procesos de selección. Los comités de selección están conformados por un representante del Consejo de Alta Dirección Pública, un representante del ministerio respectivo y otro del servicio
en el cual se proveerá el cargo. - El proceso de concurso -que es confidencial- se inicia con una convocatoria en la prensa escrita. Cualquier profesional que cumpla con los requisitos y atributos establecidos en el perfil de selección de un determinado cargo puede postular en línea a través de la página Web del Servicio Civil www.serviciocivil.cl.
- El proceso de selección ADP contempla diversas y rigurosas etapas para todos los postulantes, tanto para los que postulan vía Web como para los que –si es el caso- son incorporados por la empresa especializada en búsqueda.
- Las primeras etapas del proceso de evaluación ADP son las relativas a la revisión del cumplimiento de requisitos legales. Luego, una empresa especializada en selección de personas realiza el análisis curricular de los candidatos. Posteriormente, para los candidatos que pasan a etapas más avanzadas se procede a una evaluación de atributos directivos y de liderazgo, análisis psico-laboral de los postulantes y el chequeo de referencias.
- Finalmente, en base a las evaluaciones, el Consejo de Alta Dirección Pública o el Comité de Selección/Comisión Calificadora elige a los candidatos mejor evaluados y luego de entrevistarlos personalmente elabora una nómina final (3 a 5 candidatos), que es enviada a la autoridad competente para el nombramiento final. La autoridad, tal como estable la ley, puede declarar desierto el concurso, correspondiendo iniciar otro proceso.